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Bonificación del impuesto sobre actividades económicas I.A.E. del 50% en la cuota íntegra por la producción o utilización de energías renovables



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Descripción Mediante este procedimiento se podrá solicitar bonificación del 50% de la cuota del impuesto I.A.E. por producción o utilización de energía obtenida en instalaciones para aprovechamiento de Energías Renovables o a partir de sistemas de cogeneración.
Requisitos Si el sujeto pasivo se limita a utilizar este tipo de energía, sin producirla, su consumo ha de representar, al menos, un 80% del total de la energía que utilice para las actividades realizadas en el municipio.

Para tener derecho a esta bonificación se tendrá que hacer una inversión que como mínimo sea dos veces y media la cuota tributaria íntegra.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Declaración censal 036 o autorización para consultar a la Agencia Tributaria los datos precisos para su tramitación.: Declaración censal 036 o autorización para consultar a la Agencia Tributaria los datos precisos para su tramitación. Obligatorio Ambas
Documento que acredite que la producción se realiza instalaciones ubicadas en el término municipal.: Documento que acredite que la producción se realiza instalaciones ubicadas en el término municipal. Obligatorio Ambas
Documento que justifique que la inversión realizada, como mínimo, es de dos veces y media la cuota tributaria íntegra.: Documento que justifique que la inversión realizada, como mínimo, es de dos veces y media la cuota tributaria íntegra. Obligatorio Ambas
Si se trata sólo del consumo, habrá de justificarse que al menos el 80% del total de la energía utilizada para las actividades realizadas en el municipio procede de este tipo de energía.: Si se trata sólo del consumo, habrá de justificarse que al menos el 80% del total de la energía utilizada para las actividades realizadas en el municipio procede de este tipo de energía. Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación presencial
Descargar
Tramitación telemática
Tramitar