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Censo de Animales de Compañia



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Información
Política de Privacidad Si lo desea puede consultar aquí la Política de Privacidad que establece las directrices y principios que regirán el modo en que se gestionará y protegerá la privacidad de los datos de caracter personal.
Descripción El creciente interés de las sociedades desarrolladas por la protección de los animales, así como el aumento del hábito de poseer y convivir en los domicilios con animales no solo considerados como domésticos o de compañía, sino con especies silvestres y exóticas generan la necesidad de la intervención de las diferentes administraciones públicas en el ámbito del control de la cría, reproducción, comercio, traslado, trato a los animales y regulación de las condiciones higiénico-sanitarias que rijan su mantenimiento, de acuerdo con principios de defensa y protección de los animales, así como las consideraciones de seguridad y salud pública de los ciudadanos y de defensa del medio ambiente.
Forma de inicio El procedimiento se iniciará con la presentación de la solicitud, debidamente cumplimentada, y la documentación pertinente por parte del poseedor del animal.
Sujeto Están obligados al censo de animales los propietarios o tenedores de los mismos incluidos en el Padrón de
habitantes de Camargo
Órgano gestor Servicios Públicos
Plazo de presentación Plazo máximo de TRES MESES, a partir de la fecha de su nacimiento o de UN MES desde su adquisición.
Lugar y forma de presentación De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación procedimiento.
Por correo certificado dirigido al Registro General instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas.
Tributos
Plazo máximo de resolución y notificación
Órgano que resuelve

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Certificado de sanidad animal expedido por autoridad competente que acredite situación sanitaria del animal, así como la instalación del microchip identificativo en los términos homologados por la CCAA de Cantabria.: Certificado de sanidad animal expedido por autoridad competente que acredite situación sanitaria del animal, así como la instalación del microchip identificativo en los términos homologados por la CCAA de Cantabria. Obligatorio Ambas
Certificado sanitario de estirilización del animal (Si lo tiene): Certificado sanitario de estirilización del animal (Si lo tiene) Obligatorio Ambas
Fotocopia del DNI del propietario del animal: Fotocopia del DNI del propietario del animal Obligatorio Ambas
Fotografía de cuerpo entero del animal: Fotografía de cuerpo entero del animal Obligatorio Ambas
Póliza del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros: Póliza del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática

Normativa
Ley 3/1992 Ley de Cantabria 3/1992 de 18 de marzo, de protección de los animales (BOC nº63 de 27/03/1992)
Decreto 46/1992 Decreto 46/1992 de 30 de abril, de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca por la que se aprueba el Reglamento para la Protección de Animales en desarrollo de la Ley anterior (BOC nº 121 de 25/05/1992)
OM Animales Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales en el Ayuntamiento de Camargo

Tramitación presencial
Instancia de Solicitud