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Bonificación del 50% de la tasa de agua, basura y alcantarillado en función de los ingresos
Descripción:
Mediante este procedimiento se solicita la bonificación del 50% de la tasa de agua, basura y alcantarillado en función de los ingresos.
Forma de inicio:
El procedimiento se iniciará con la presentación de la solicitud, debidamente cumplimentada, y la documentación pertinente.
Órgano gestor:
Servicio de Rentas
Plazo de presentación:
En las altas nuevas de Padrón se deberá presentar en el mismo trimestre en que cause alta o en cualquiera de los posteriores de ese ejercicio y se aplicará a partir del trismestre siguiente a quel en que se solicite.
Cuando se trate del Padrón la solicitud deberá presentarse en los dos primeros meses de cada ejercicio (ENERO Y FEBRERO de cada año) para examinar la documentación y comprobar si se tiene derecho a dicha reducción. La aplicación de ésta será para todo el ejercicio.
Lugar y forma de presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.
Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas.
A través del Registro Telemático con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido, con la documentación en formato digital.
Órgano que resuelve:
Junta de Gobierno Local
Recursos posibles:
Contra el acuerdo que pone fin a la vía administrativa podrá interponer los siguientes recursos:
1.RECURSO DE REPOSICIÓN, con carácter potestativo, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.
2.RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado del mismo nombre de Santander, bien directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, o bien tras interponer recurso de reposición, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación que contenga la resolución del recurso de reposición o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente de haber transcurrido un mes desde la interposición del mismo sin que haya sido resuelto expresamente.
No obstante, podrá Vd. interponer cualquier otro recurso que estime procedente.
Requisitos:
Se establece una bonificación del 50% en la Tasa de agua para aquellos contribuyentes en los que concurran las siguientes condiciones:
a) Que la unidad familiar en la que conviva perciba unos ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional ( SMI).
b) Que todos los miembros de la unidad familiar figuren empadronados en el Ayuntamiento.
c) Que no tengan deudas con el Ayuntamiento.
d) Que no sean propietarios de más de un inmueble. Se considera que se cumple la condición cuando el contribuyente además de ser titular de la vivienda lo sea también de un garaje y trastero afecto a la misma o cuando siendo titular de un derecho real sobre un segundo inmueble, que no suponga la plena propiedad sobre el mismo, no pueda hacer uso efectivo de este por ostentar un familiar o tercero un derecho real de uso preferente al del solicitante, impidiendo a este obtener la renta, merced, precio o alquiler alguno del citado inmueble.
La concesión de la bonificación tendrá una vigencia de un año debiéndose renovar en cada ejercicio.
Documentación a aportar
Documentación
Tipo
Presentación
Declaración censal 036 o autorización para consultar a la Agencia Tributaria los datos precisos para su tramitación.
Política de Privacidad:
Si lo desea puede consultar aquí la
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que establece las directrices y principios que regirán el modo en que se gestionará y protegerá la privacidad de los datos de caracter personal.
Tramitación presencial
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Leyenda
Tipo de documentación a aportar
Opcional
Obligatorio
Presentación
Presencial
Electrónica
Ambas