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Sede Electrónica/Trámites municipales/Información del trámite

Certificado de Empadronamiento


Descripción:
Se ha de solicitar un certificado cuando se requiere un documento con carácter público y fehaciente a efectos administrativos, en relación con la residencia y el domicilio habitual en el municipio. (por ejemplo: ante organismos judiciales, militares o autoridades extranjeras, en trámites ante el Registro Civil, de matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y adopciones, declaraciones de herederos, Registro de parejas de hecho, centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, Universidades, residencias de ancianos, SEPE.)
Forma de inicio:
El expediente se inicia a instancia de los INTERESADOS o del representante del mismo..
Órgano gestor:
Negociado de estadística
Lugar y forma de presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.

Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.

En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado o a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas.
Plazo máximo de resolución y notificación:
En caso de ser presencial en el momento de la solicitud.
Órgano que resuelve:
Secretario general del Ayuntamiento.
Visto por el Alcalde.
Observaciones:
IMPORTANTE: EL CERTIFICADO CADUCARÁ A LOS TRES MESES DESDE SU EMISIÓN.

Los certificados y volantes de empadronamientos de menores han de ser solicitados por sus padres o representantes legales.

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación
Para el certificado de una persona fallecida se aportará el DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, y el Certificado de Defunción. Obligatorio Presencial
Para los menores no emancipados, es necesario el DNI, NIE, pasaporte, o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, de sus padres o representantes legales o el libro de familia. Obligatorio Presencial

Leyes


  • Ley 4/1996 de 10 de Enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal
  • Ley 4/1999, de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Política de Privacidad:
Si lo desea puede consultar aquí la Política de Privacidad que establece las directrices y principios que regirán el modo en que se gestionará y protegerá la privacidad de los datos de caracter personal.

Tramitación presencial


Tramitación electrónica



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas