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Sede Electrónica/Trámites municipales/Información del trámite

Volante de Empadronamiento Otros


Descripción:
Se solicitará el Volante: cuando se necesite con carácter meramente informativo en relación con la residencia y el domicilio habitual en el municipio. Por ejemplo para la expedición del Documento de Identidad , matriculación de vehículos, bonos de piscina, etc. En los que no se exija expresamente el certificado, en las tramitaciones de los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Forma de inicio:
El expediente se iniciará a solicitud de interesado o del representante del mismo.
Órgano gestor:
Negociado de estadística.
Lugar y forma de presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.

De forma online, a través del Registro Telemático con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido., con la documentación en formato digital.

Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.

En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas.
Plazo máximo de resolución y notificación:
La entrega del volante, se hace en el mismo momento de la demanda del trámite, tanto de manera presencial como, telemáticamente, salvo en la solicitud de volante con observaciones, que la entrega del volante se podrá hacer presencialmente o a través del Buzón de Notificaciones.
Observaciones:
IMPORTANTE: EL VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO CADUCARÁ A LOS TRES MESES DESDE SU EMISIÓN.
Los volantes de empadronamientos de menores han de ser solicitados por sus padres o representantes legales.

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación
Para el certificado de una persona fallecida se aportará el DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, y el Certificado de Defunción. Obligatorio Presencial
Para los menores no emancipados, es necesario el DNI, NIE, pasaporte, o tarjeta de identidad vigente si son nacionales de estados miembros de la Unión Europea, de sus padres o representantes legales o el libro de familia. Obligatorio Presencial

Leyes


  • Ley 4/1996 de 10 de Enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal
  • Ley 4/1999, de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Política de Privacidad:
Si lo desea puede consultar aquí la Política de Privacidad que establece las directrices y principios que regirán el modo en que se gestionará y protegerá la privacidad de los datos de caracter personal.

Tramitación presencial


Tramitación electrónica



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas