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Sede Electrónica/Trámites municipales/Información del trámite

Presentación de ficha de terceros


Descripción:
Documento preceptivo para aportar datos bancarios de los contratistas y otros acreedores del Ayuntamiento.
Sujeto:
Personas físicas o jurídicas así como las entidades sin personalidad jurídica, públicas o privadas, que se relacionen con el Ayuntamiento de Camargo como consecuencia de operaciones presupuestarias o no presupuestarias, y a cuyo favor surjan las obligaciones o se expidan los pagos derivados de las mismas.
Órgano gestor:
Tesorería Municipal
Plazo de presentación:
En cualquier momento
Lugar y forma de presentación:
La designación de cuenta bancaria deberá realizarse por las siguientes vías:

a. Designación telemática mediante el servicio electrónico habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede.aytocamargo.es El acceso del acreedor a este servicio requerirá del uso de los medios de identificación electrónica y autenticación admitidos en la mencionada sede. En el formulario de designación o ficha de tercero se exigirá que el acreedor declare que la cuenta bancaria designada es de su titularidad.

Las personas obligadas a comunicarse electrónicamente con la Administración de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y las personas físicas o jurídicas obligadas a facturar electrónicamente, deberán utilizar exclusivamente la vía electrónica.

El certificado digital será del titular o representante debidamente acreditado.

b. Presentación en papel del modelo de designación de cuenta de modo presencial o correo ordinario. Esta vía sólo podrá ejercerse por aquellos sujetos no obligados a presentar factura electrónica ni a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Una vez cumplimentado en formato original este modelo, se dirigirá a la Tesorería Municipal careciendo de validez si la entidad bancaria no realiza el refrendo de la titularidad de la cuenta designada.

La factura será abonada a la cuenta bancaria que se designe en la ficha de tercero aportada a la Tesorería municipal, independientemente y en su caso de la cuenta que figure en la factura u otro documento distinto.
Órgano que resuelve:
En caso de necesidad de subsanación se resolverá por la Tesorería Municipal

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación
Ficha de terceros Obligatorio Ambas

Tramitación electrónica



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas